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UN MINUTO 161

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PODREMOS CONSIDERAR EL CASO DE AHMSA DECV ¿COMO UNA ELUSION?

Aunque este término es más usado en materia fiscal, en su manejo significa, un ardid legal para pagar menos o reducir la deuda.

Según el diccionario, esto quiere decir elusión:

La elusión fiscal es el comportamiento de aquella persona que, para conseguir sus objetivos de pagar menos impuestos, utiliza una norma tributaria de manera distinta al fin en que ha sido desarrollada por el legislador.

Entiéndase como impuestos compromisos, veamos: es realmente un término fiscal, más en el comportamiento de la empresa en cuestión a mi juicio es una elusión, sobre los cargos no fiscales sino laborales y sí, también fiscales, esa letra añadida “B”, cambió completamente las reglas del juego, pues detiene el cargo por intereses al declararse en quiebra y esta fue ratificada. Aquí está la elusión, es como el dicho, debo no niego, pago no tengo.

En definitiva, se trata de bordear o sortear la ley, así como de aprovechar vacíos legales existentes por parte, sobre todo, de grandes empresas, tomando como referencia una norma tributaria que estaba pensada para otra cosa y obtener, así, determinadas exenciones, deducciones y bonificaciones fiscales.

Tomemos el término fiscal como término en lo civil pues al cambiar el nombre se retrasa todo y hay un borrón y cuenta nueva.

¿Estaré bien o solo es una elucubración mal pensada?

HDELAF

 

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