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Presentan en Congreso del Estado reforma integral a la Constitución local, Código Electoral y Ley de Medios de Impugnación de Coahuila

Presentan en Congreso del Estado reforma integral a la Constitución local, Código Electoral y Ley de Medios de Impugnación de Coahuila

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Saltillo, Coahuila. Durante la tercera sesión del Segundo Periodo Ordinario del segundo año de la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado, se presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política de Coahuila y al Código Electoral del Estado por parte de la diputada Luz Elena Morales Núñez; una reforma al Código Electoral y la Ley de Medios de Impugnación en Materia Político Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Coahuila, presentada por el diputado Ricardo López Campos; así como tres iniciativas de reforma al Código Electoral del Estado, una de ellas presentada por la diputada María Guadalupe Oyervides Valdez; una por parte de la diputada Claudia Elvira Rodríguez Márquez y una presentada por el diputado Eduardo Olmos Castro; estas iniciativas abordan temas en materia de paridad de género, otorgar nuevas facultades al órgano electoral local, medios de impugnación, tope de gastos de campañas, entre otros aspectos.

 

En rueda de prensa, el diputado Eduardo Olmos Castro, presidente de la Junta de Gobierno, dio a conocer detalles de su iniciativa de reforma a los artículos 12 y 13 del Código Electoral para el Estado de Coahuila, que propone dotar al Instituto Electoral de Coahuila de facultades que le permitan emitir los acuerdos necesarios para hacer efectivo y concretar el principio de paridad de género en las postulaciones que realicen los partidos políticos a todos los cargos de elección popular.

 

Por otro lado, contempla que los partidos políticos deberán garantizar el principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a la Gubernatura del Estado, para lo cual podrán optar libremente y conforme a los principios de auto organización y autodeterminación partidista por cualquiera de los siguientes métodos:

 

  1. Alternancia condicionada por el género previo que postulen. En el caso de que el partido político, la coalición o cualquier otra forma de asociación política, determine postular a una persona del género masculino como candidato a la Gubernatura del Estado, se encontrará obligado a postular forzosamente a una mujer en el siguiente proceso electoral en que se renueve dicho cargo, entre otras disposiciones.
  2. Elecciones internas o sondeos, a fin de determinar qué género es más competitivo. En este caso, se deberán establecer reglas claras que garanticen la participación igualitaria de ambos géneros, así como su debida difusión, entre otras disposiciones.
  3. Horizontal. En el caso de partidos políticos con registro nacional, a efecto de que exista igual número de candidaturas de un mismo género, en las candidaturas a las gubernaturas que realicen. Se deberán postular igual número de candidaturas de un mismo género con respecto a las que realicen en los demás estados en los que también se elija la gubernatura, entre otras disposiciones.
  4. Las reglas internas de postulación paritaria que cada partido establezca de forma libre en sus estatutos, reglamentos o convocatorias para seleccionar su candidatura, a fin de garantizar criterios mínimos de competitividad que aseguren la paridad sustantiva, entre otras disposiciones.

El diputado Eduardo Olmos mencionó que las reformas deben estar listas antes del 30 de septiembre para que puedan tener efecto en el próximo proceso electoral: “También cumpliendo ese mandato que dice que el estado tiene que legislar en función del tema de género, entonces nosotros como Congreso queremos cumplir con esa parte con la que nos habíamos comprometido. Ya hay una reforma que el gobernador presentó ante el pleno del Congreso y que junto seguramente con estas iniciativas se podrán estar dictaminando a la brevedad”.

Este paquete de reformas en materia electoral también contempla las siguientes iniciativas:

– Iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado de Coahuila y del Código Electoral para el Estado de Coahuila, presentada por la diputada Luz Elena Guadalupe Morales Núñez, la cual contempla disposiciones para garantizar la paridad, en materia de asignación de diputaciones, y normativa para la inelegibilidad y suspensión temporal de derechos político- electorales, en este último aspecto, se propone agregar una causal de inelegibilidad cuando existe una sentencia de condena por violencia de género, así como una suspensión temporal a los derechos político- electorales. Entre otras disposiciones.

– Iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Electoral para el Estado de Coahuila, presentada por la diputada María Guadalupe Oyervides Valdez, que entre otras disposiciones, propone dotar de facultades al Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila para verificar la afiliación partidista de las candidaturas de los partidos políticos que participen coaligados en la elección y así se eviten conformación que no representen la voluntad de la ciudadanía. Entre otras disposiciones.

 

-Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Electoral para el Estado de Coahuila y la Ley de Medios de Impugnación en Materia Político Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Coahuila, presentada por el diputado Ricardo López Campos, la cual entre otras disposiciones, contempla que los medios de impugnación partidistas que se presenten con motivo de los resultados de los procesos de selección interna de candidaturas a cargos de elección popular, deberán ser resueltos previo al inicio de los registros de candidaturas ante el Instituto; en caso contrario, el partido perderá el derecho a postular candidaturas. Entre otras disposiciones.

-Iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Electoral para el Estado de Coahuila, presentada por la diputada Claudia Elvira Rodríguez Márquez, misma que aborda disposiciones en materia de tope de gastos de campaña. Entre otras disposiciones.

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