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Es algo tan común, que hasta parece que la solución llega tarde. Pero lo cierto es que es un asunto tan arraigado en la dinámica social, que por eso ha pasado de largo por décadas. Hoy celebramos que legisladores se hayan puesto manos a la obra, aplaudimos que anoten en la ley qué son los deudores alimentarios y cuáles son sus consecuencias. Todos conocemos un caso, uno al menos. Imposible escapar de la referencia. Según datos del último censo del Inegi, el de 2020, más de 35 millones de mujeres mayores de 15 años han tenido al menos una hija o hijo. De ellas, 7% es madre soltera… y de éstas, a su vez, siete de cada diez no reciben pensión alimenticia para los menores.

 

Negar este derecho, ya no de la madre, de los propios hijos, es también una forma de violencia. ¿Por qué un hombre se niega a cumplir con esa responsabilidad? Una de las formas más burdas para ejercer un malentendido concepto de “poder”. Ahora la ley les pone nombre: deudores alimentarios, pero, además, les adhiere sanciones apenas suficientes para limitar su espectro social. Será a través de la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, que se alimentará con los nombres de los padres que hayan incumplido con el pago de la pensión a sus hijos por más de 90 días. Una vez que el sujeto esté en él, de inmediato estará imposibilitado para tramitar licencias o permisos para conducir, tampoco podrá obtener su credencial para votar ni su pasaporte. También tendrá prohibido realizar trámites ante un notario público, como la compra-venta de un inmueble y no podrá casarse nuevamente. No tendrá derecho a contender por un puesto de elección popular ni aspirar a un cargo de juez o magistrado en el ámbito local o federal.

 

Este Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias será público, cada 30 días será actualizado. Y el nombre será borrado sólo por la orden de un juez y una vez que se compruebe que no hay más adeudos. El registro será operado por el DIF y apenas sea publicado en el Diario Oficial de la Federación, correrán 300 días para que quede al cien su implementación.

 

Es lo mínimo. Es lo justo. Es por los menores, pero también es por las madres. Por aquellas que esperan a que el padre desentendido deposite 200 pesos para los pañales; por las que ruegan por ayuda cuando los pequeños se enferman; las que sólo piden apoyo para los útiles escolares y los uniformes, para el alimento, para asegurarles una buena educación, un futuro. Es por esas madres a las que, incluso exigir este derecho les ha costado su libertad o su vida: “Detienen a presunto feminicida quien asesinó a su expareja cuando fue a pedirle la manutención de las dos hijas que tienen en común. El crimen fue perpetrado por Luis Alberto ‘S’ el 17 de noviembre de 2022 en Tlaquepaque, señaló la Fiscalía del Estado…”, reportó El Debate hace tan sólo una semana.

 

Esta ley es por esos hombres que no volvieron a contestar el teléfono, que buscan recursos legales para no estar obligados a dar lo que es corresponde: cambian títulos de propiedad, esconden facturas para así no ofrecer depósitos en garantía; es por aquellos que montan en cólera cuando se les descuenta en automático de su salario el monto que corresponde por cada hija o hijo que procrearon.

 

Estas modificaciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, es para obligarlos a cumplir con su mínima responsabilidad, lo apenas indispensable para borrar desde otro frente esa masculinidad tóxica y que está tan interiorizada, no importa el estrato social o educativo en el que se viva. Gran trabajo de las y los senadores que por unanimidad aprobaron esta ley.

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