Siempre y cuando se constituyan como patrimonio familiar
Jorge Luis Ríos
ACUÑA, COAH. – Las casas y los vehículos automotores son inembargables, siempre y cuando se inscriban como “patrimonio familiar” después de un proceso legal, aseguró, Fernando Antonio Fonseca Medellín.
El abogado especialista en asuntos mercantiles y familiares, dijo que dicha figura jurídica, vela y procura los bienes muebles e inmuebles, en favor de los intereses de los niños, y en la mayoría de los casos se trata de las casas.
“Cuando hay menores las y los interesados deben solicitar, mediante un proceso judicial, que se decrete sus bienes como patrimonio familiar, y entonces esos bienes quedan resguardados ante cualquier tipo de embargo o deuda que se genere antes y después del decreto”.
Cuando esto ocurre y hay un fallo favorable por parte del Juez, ni el mismo Servicio de Administración Tributaria puede embargar, rematar o en general disponer de dichos bienes, subrayó el abogado.
“De esta manera procuras y salvaguardas el derecho de los bienes para tus menores; ni el propio SAT, cualquier Banco u otra institución que quiera embárgalos, no lo puede llevar a cabo. Pero para este procedimiento y que se decrete el patrimonio familiar, debe haber menores, porque si no los hay entonces no procede esta figura judicial”.
Este trámite de “patrimonio familiar” tarda unos tres meses y se gestiona a través de un abogado en el juzgado familiar.