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La pensión se debe de otorgar en la moneda en la que se recibe el salario

La pensión se debe de otorgar en la moneda en la que se recibe el salario

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Por: Jorge Luis Rios

 

ACUÑA, COAH. –  La pensión alimenticia se debe de otorgar en la moneda en la que, quien deba darla, reciba su salario; es decir, si alguien trabaja en Estados Unidos y el juez, por ejemplo, ha dictado que la pensión debe de ser del 20 por ciento del salario, este porcentaje será en dólares, aseveró, Guadalupe Galván Ortiz.

La delegada regional de la Defensoría Jurídica Integral en Acuña, dijo que la mayoría de los hombres que se van al vecino país del norte, y quieren cumplir con la pensión para sus hijos en México, envían prácticamente una “miseria” porque traducen el 20 por ciento en moneda mexicana, como cuando cumplían con su obligación.

Sin embargo, puntualizó, como en este caso de un 20 por ciento, este debe de aplicarse al salario en dólares. “Y así sucesivamente, si alguien se va a Alemania, a China, Italia etcétera, el porcentaje del 20 por ciento para la pensión debe ser en moneda de esos países y no traducir y enviar lo que daban en México antes de irse a trabajar allá”, subrayó la funcionaria.

Que, si los deudores de pensión argumentan que es más dinero, pues sí, con base en la cotización de la moneda extranjera, por ejemplo, del dólar, pero eso no quiere decir que por ello deban de enviar menos dinero, es el porcentaje del salario que reciben en cualquier país del mundo, abundó.

La madre o padre de familia que no recibe la pensión, de acuerdo a como esté la moneda extranjera, debe de demandar al deudor o deudora con las autoridades pertinentes; en el caso de las mujeres, en el Centro de Empoderamiento o bien con el Consulado mexicano en Estados Unidos o en cualquier otro país, según sea el caso.

Para facilitar el otorgamiento de la pensión alimenticia, es necesario saber en dónde trabaja quien la debe, si no se cambió el nombre y/o apellidos y otros datos que confirmen el parentesco de las y los niños.

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