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EMITE MARS DECRETO PARA MANEJO SEGURO Y DISPOSICI?N DE CAD?VERES POR COVID-19

EMITE MARS DECRETO PARA MANEJO SEGURO Y DISPOSICI?N DE CAD?VERES POR COVID-19

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  • El objetivo es disminuir el riesgo de transmisi?n en los trabajadores del Sector Salud, m?dico-forense, funerario, familiares, autoridades involucradas y comunidad en general

 

Saltillo, Coahuila de Zaragoza; a 7 de Abril de 2020.- Como parte de las medidas sanitarias que se han decretado en Coahuila en respuesta a la contingencia por el COVID-19, el gobernador Miguel ?ngel Riquelme Sol?s emiti? un Decreto que tiene como principal prop?sito establecer los mecanismos para el manejo seguro, transporte y disposici?n final de personas con causa de muerte probable o confirmada por esta enfermedad.

 

Los lineamientos de este Decreto deber?n aplicarlos el personal de Salud, tanto del sector p?blico como privado; de la Fiscal?a General del Estado de Coahuila (FGE) y el de los cementerios, crematorios, funerarias y anfiteatros, con el fin de disminuir el riesgo de transmisi?n en los trabajadores del Sector Salud, m?dico-forense, funerario, familiares, autoridades involucradas y comunidad en general.

 

Adem?s, las personas fallecidas por cualquier otro problema respiratorio agudo que sea considerado como causa probable de COVID-19, deber?n recibir el mismo tratamiento establecido en los presentes lineamientos; tambi?n se les deber? practicar, inmediatamente despu?s de la muerte, las pruebas necesarias para determinar si portan el virus mencionado en este art?culo.

 

En el Decreto se estipula que el personal de Salud en el Estado, tanto del sector p?blico como privado, deber? garantizar que la manipulaci?n del cad?ver sea en todo momento con trato digno.

 

Se destaca en el Decreto que los familiares podr?n estar presentes bajo condiciones controladas de sanidad, sin establecer contacto f?sico con el cad?ver ni con instrumentos o superficies que tengan la posibilidad de estar contaminadas, previniendo cualquier riesgo de contagio. Para tal efecto, deber?n entrar con bata, guantes y mascarilla, material que deber? desecharse.

 

De la misma manera, que el cad?ver deber? introducirse en una bolsa sanitaria con cierre herm?tico y plastificado. La introducci?n en la bolsa se deber? realizar dentro de la propia habitaci?n de aislamiento. Una vez cerrada se deber? rociar en su totalidad con desinfectante de uso hospitalario o con una soluci?n de hipoclorito de sodio al 10 por ciento.

 

Establece adem?s que no se realizar?n necropsias de cad?veres con causa de muerte probable o confirmada por COVID-19.

 

La bolsa sanitaria con cierre herm?tico que contenga el cad?ver podr? introducirse en un f?retro o ata?d que re?na las caracter?sticas t?cnicas sanitarias de resistencia a la presi?n de los gases en su interior e impermeabilidad.

 

Asimismo, en el Decreto se establecen disposiciones relativas el traslado internacional de cad?veres o cenizas.

 

Por ?ltimo, se faculta al Comit? T?cnico para la Prevenci?n, Atenci?n y Control del COVID-19 en el Estado para realizar todas aquellas acciones que sean necesarias con respecto a lo no previsto en el Decreto.

 

 

 

 

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