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Amparan a comunidad me?phaa contra explotaci?n minera

Amparan a comunidad me?phaa contra explotaci?n minera

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NOTIMEX/FACTOR

 

CIUDAD DE MEXICO. -Comuneros de San Miguel del Progreso ?Juba Waji?n?, en Guerrero, obtuvieron un amparo para proteger su territorio de la explotaci?n minera, una juez de distrito otorg? un amparo a la comunidad me?phaa, el fallo protege los derechos colectivos de la poblaci?n ind?gena frente a la amenaza que representa la miner?a a cielo abierto.

Hace algunos a?os la Secretar?a de Econom?a decret? el territorio libre para la actividad minera, en conferencia de prensa convocada por los centros de Derechos Humanos de la Monta?a Tlachinollan y Miguel Agust?n Pro Ju?rez, se detall? que la jueza primera de distrito con sede en Chipancingo, Guerrero, otorg? la protecci?n de la justicia a los pobladores de esta comunidad.

?En la sentencia se otorga el amparo y la protecci?n de la justicia federal a la comunidad de San Miguel del Progreso al resultar esencialmente fundados los conceptos de violaci?n, y por ende, desmostrado el incumplimiento de la obligaci?n constitucional y convencional del Estado mexicano de respetar los derechos de esta comunidad ind?gena-agraria me?phaa de la monta?a de Guerrero?, explicaron representantes de los pobladores de la regi?n y activistas.

Recordaron que el 24 de noviembre de 2015 la Secretar?a de Econom?a public? en el Diario Oficial de la Federaci?n la ?Relaci?n de declaratorias de libertad de terreno 02/2015?, por la que declaraba libres los terrenos que legalmente amparaban los lotes mineros ?Reducci?n Norte de Coraz?n de Tinieblas? y ?Coraz?n de Tinieblas?, con el fin de otorgar nuevamente concesiones mineras sobre el territorio de San Miguel del Progreso. Ante ese acto, la comunidad ind?gena interpuso un amparo que hace unos d?as les fue concedido.

?La decisi?n tomada por la juez es trascendental en la vida de la comunidad, dado que no est? ordenando que se subsane el procedimiento que origin? la emisi?n de la Declaratoria de Libertad de Terreno, sino que obliga a dejar sin efectos el acto violatorio para que de esta manera se garantice adecuadamente los derechos colectivos de los pueblos ind?genas, entre ellos el derecho al territorio y la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, cumpliendo as? con los m?s altos est?ndares internacionales en la materia?.

 

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