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Tribunal Agrario atiende controversias de agua en ejidos

Tribunal Agrario atiende controversias de agua en ejidos

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Por: Cristina Flores Cepeda

Sabinas, Coahuila. – El Tribunal Agrario número 20, con sede en Monterrey, Nuevo León, está atendiendo controversias relacionadas con el agua en los ejidos, según indicó el magistrado Raúl Eduardo Covarrubias en su reciente visita a Sabinas donde señaló que esos hechos no se ven en lo que es la justicia itinerante sino que debe existir alguna denuncia y se ventila en la oficina. El magistrado recordó que en el pasado, cuando se generaban las dotaciones de tierra, muchas veces se incluía el suministro de agua, lo que convierte a algunos ejidos en titulares de derechos de agua. “Esos temas también los vemos nosotros”, afirmó Covarrubias.

El magistrado, explicó que estos derechos de agua están debidamente constituidos, ahí están los acuerdos que obran en actas, en los diferentes ejidos que recibieron esos beneficios, pero la condición actual no es la misma que hace 50, 30 o 100 años cuando concretaron con las autoridades federales en aquellos años. Señaló que la situación específica y la capacidad de los mantos acuíferos para abastecer el agua que se les dotó en su momento, requieren un análisis detallado. “Y eso es lo que hacemos nosotros, revisar cada situación a conciencia, cuando nos llegan”.

El magistrado también reconoció que hay varios asuntos pendientes relacionados con el agua en ejidos de los tres Estados que ello atienden como son Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas. No podría ser la excepción este tema dado que la problemática del agua es general en todo el país. “La problemática del agua es general en todos los Estados de la República”, concluyó Covarrubias, subrayando la importancia de abordar estas controversias de manera adecuada y con un enfoque integral.

Son cuatro artículos en la Ley Agraria los que regulan el aprovechamiento de las aguas dentro del núcleo agrario, sin embargo ambos remiten a las disposiciones contenidas en la ley de la materia y otras. La principal norma vigente al respecto es la Ley de Aguas Nacionales, en ella se define la forma y prelación en que la autoridad Federal otorgará títulos de concesión de agua. La distribución, servidumbre de uso y de paso, mantenimiento, contribuciones, tarifas, transmisiones de derechos y demás aspectos relativos al uso de volúmenes de agua de los ejidos, están regidas por lo dispuesto en las leyes y normatividad del agua, sin embargo debe aclararse que las servidumbres de paso y acueducto, en caso de controversia, se dirimirán en el Tribunal Agrario correspondiente.

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