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Demanda Tribu Kikap? sus derechos en materia electoral y de participaci?n ciudadana

Demanda Tribu Kikap? sus derechos en materia electoral y de participaci?n ciudadana

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Mayra Guerra

M?ZQUIZ, COAH.- Un derecho que desde hace 18 a?os est? constituido en el pa?s, fue reclamado por los miembros de la tribu Kikap?, quienes pidieron al Tribunal Electoral del Estado de Coahuila, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, adapte las medidas para la representaci?n que como comunidad y pueblo ind?gena tienen para participar en el ayuntamiento de este municipio.

Este mandato deriv? de la resoluci?n del recurso de queja del expediente 41/2019 promovido por Javier Antonio Anico en contra del Congreso del Estado en materia electoral y de participaci?n ciudadana cuyo estudio?? atendi? los principios para juzgar con perspectiva intercultural? y acceso a la justicia as? como a la? implementaci?n de las buenas pr?cticas en materia de las comunidades y pueblos ind?genas.

Los promoventes solicitaron por medio de impugnaci?n al tribunal la resoluci?n por la presunta omisi?n legislativa ante la falta de adecuaci?n de la constituci?n estatal? y las leyes secundarias? conforme a los estipulado en el art?culo 2? apartado A Fracci?n 7a? de la constituci?n federal consistente a ser representados en los ayuntamientos con poblaci?n ind?gena, disposici?n reformada desde el 14 de agosto del 2001.

El art?culo 2? constitucional reconoce que la naci?n tiene una composici?n pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos ind?genas quienes conservan sus propias instituciones sociales, econ?micas,? culturales y pol?ticas, y que la constituci?n garantizar? la libre determinaci?n y autonom?a, en el caso concreto de esta solicitud, se refiere a la elecci?n en los ayuntamientos con poblaci?n ind?gena? de sus representantes con el prop?sito de fortalecer la participaci?n pol?tica? conforme a las tradiciones y normas internas de las comunidades ind?genas.

El Congreso deber? realizar la adecuaci?n normativa tomando en cuenta los siguientes puntos: el procedimiento de elecci?n de los representantes ind?genas ante el ayuntamiento en donde residan los grupos,? el derecho a participar en las sesiones de cabildo y la forma en que se regular? su participaci?n, las garant?as para que? los representantes ind?genas no sean removidos ni privados de sus derechos? en la representaci?n ind?gena, la garant?a de que el representante ind?gena ante el ayuntamiento cuente con los recursos necesarios econ?micos materiales y econ?micos para su funci?n.

El Congreso del Estado de Coahuila deber? realizar un ejercicio de consulta con las comunidades y pueblos ind?genas? con el objeto de que expongan sus puntos de vista? sobre c?mo deben de regularse los temas que deber?n ser atendidos por la legislativa local.

Con lo anterior solicitaron se declare procedente el recurso? de queja en materia electoral y de participaci?n ciudadana promovi? por los quejosos y en consecuencia? se acredite la omisi?n legislativa en materia electoral ,? se ordene requerir al congreso del estado para que de acuerdo con su agenda legislativa? a la brevedad posible y antes de que culmine el periodo constitucional de labores de la actual?? legislatura, cumpla con el mandato constitucional para lo cual deber? adecuar el marco normativo constitucional? y legal de la entidad.

Lo anterior, qued? expuesto? en la sesi?n ordinaria? p?blica del pleno del pasado 05 de septiembre en donde participaron los magistrados, licenciada Elena Trevi?o Ram?rez, licenciado Ram?n Guridi Mijares y el magistrado presidente, doctor Sergio D?az Rend?n.

 

 

 

 

 

 

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