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Actualiza tus datos en el SAT si no quieres ser multado

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Todos los contribuyentes deber?n cumplir con la disposici?n de tener habilitado el buz?n tributario, actualizarlo y proporcionar una direcci?n de correo electr?nico y n?mero celular aut?nticos

 

CIUDAD DE M?XICO.- De actualizar nadie se salva. Y si lo ignoras podr?as terminar multado.

Todos los contribuyentes deber?n cumplir con la disposici?n de tener habilitado el?buz?n tributario, actualizarlo?y proporcionar una direcci?n?de correo electr?nico y n?mero celular aut?nticos, de?lo contrario se aplicar? una?multa de hasta nueve mil 250?pesos, advirti? H?ctor Amaya Estrella, vicepresidente de?fiscal del Instituto Mexicano?de Contadores P?blicos.

En la Miscel?nea Fiscal?para 2020 se establece?el?buz?n tributario como principal medio de notificaci?n?entre el fisco y el contribuyente, se desplaza a la notificaci?n personal como medio?de notificaci?n ideal para dar?a conocer actos administrativos fiscales y con ello se?obliga al contribuyente a que?tenga sus datos actualizados.

Se advierte que??en los?casos en los que el contribuyente no habilite el buz?n?tributario o se?ale medios?de contacto err?neos o?inexistentes, o bien, no los?mantenga actualizados, se?entender? que se opone a las?notificaciones y, entonces, la?autoridad fiscal podr? hacerlo por estrados?.

La notificaci?n por estrados, explic? Amaya Estrella, es un medio poco fiable?pues el contribuyente notificado podr?a no enterarse y?caer en incumplimiento ante?la autoridad.

De ah? que no habilitar el?buz?n tributario o mantener?la informaci?n de contacto?no actualizada ser? considerada como una infracci?n?y ser? sancionada con una?multa que va desde los tres?mil 80 pesos hasta los nueve?mil 250 pesos.

Adem?s, en caso de que?el fisco detecte que los medios de contacto establecidos?registrados para el uso del?buz?n tributario no son correctos o aut?nticos, podr?a?ser motivo para la cancelaci?n del sello digital.

As? que??todos tenemos?que tener aperturado el buz?n y los medios de comunicaci?n bien actualizados.?A?trav?s del buz?n tributario se?tendr? que estar ligado a una?direcci?n de correo electr?nico, que debe ser ver?dica?,?dijo el especialista fiscal.

Amaya Estrella mencion??que esta obligaci?n se encamina a que el buz?n sea tambi?n un medio para guardar?documentos probatorios. ?Ya?hay la propuesta para subir contratos o documentos,?ahora no es una obligaci?n,?pero poco a poco ir? tomando esa figura?, previ? el?experto.

?En mi opini?n, el buz?n?se convertir? en un medio?para tener ?fecha cierta? de?documentos jur?dicos que se?hayan consignado en ese buz?n, considerados como medios de defensa. Por ejemplo,?si firm? un contrato y lo sub??al buz?n, y el SAT me pide la?firma un a?o despu?s, podr? comprobar que lo tengo?,?explic?.

El buz?n tributario inici??operaciones en 2014 para?personas morales y en 2015?para personas f?sicas para la?presentaci?n de promociones, recibir notificaciones v?a?electr?nica y consultar informaci?n fiscal, pero no era?obligatoria su actualizaci?n;?desde entonces ha sido utilizado tanto por el gobierno?federal, estatal y municipal,?as? como entidades como el?IMSS y el Infonavit.

 

?HASTA CU?NDO PUEDES ACTUALIZAR EL BUZ?N TRIBUTARIO?

31 de marzo de 2020 si?eres persona moral.

30 de abril de 2020 si?eres persona f?sica.

?C?MO TENERLOS?

  1. Ingresa a la p?gina de?internet del SAT?https://www.sat.gob.mx
  2. En la parte superior?derecha dar clic en ?buz?n?tributario?.
  3. Ingresas tu RFC y tu e-firma?portable o contrase?a.
  4. Da clic en el icono??configuraci?n? ubicado?en el ?men?? de accesos?r?pidos (icono de una?silueta de usuario).
  5. Aparecer?, de forma?autom?tica, el formulario?de medios de contacto?en el cual podr?s registrar?uno o hasta cinco correos?electr?nicos y/o un n?mero?de tel?fono celular, de?acuerdo al mecanismo que?hayas elegido.
  6. Captura la direcci?n de?correo electr?nico y/o?n?mero de tel?fono celular?que desees registrar. Da?clic en ?continuar?.
  7. Recibir?s un mensaje en?tu celular y un mail en?tu correo electr?nico,?indicando que tienes un?nuevo mensaje en tu buz?n?tributario. Por celular ser??un c?digo de activaci?n,?si es por mail ser? v?nculo,?para confirmar el registro.
  8. Cuentas con 72 horas para?concluir el proceso de?confirmaci?n de tus medios?de contacto, de lo contrario?caducar?n y deber?s?reiniciar el proceso.
  9. Los medios de contacto se?pueden modificar a fin de?actualizarlos o eliminarlos?en el momento que lo?requieras.
  10. Podr?s ver el r?gimen fiscal?al que perteneces, los?tr?mites m?s usados y los?servicios de acuerdo a tu?r?gimen.

 

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