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Divorcio exprés con ciertos requisitos en el Registro Civil

Divorcio exprés con ciertos requisitos en el Registro Civil

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Por: Cristina Flores Cepeda

Sabinas, Coahuila. – Al mencionar que el divorcio es un proceso legal en el que se requiere analizar con cuidado desde antes de iniciarlo, el abogado Manuel Alberto Bermea Zermeño, oficial del Registro Civil número 5, mencionó que para realizarlo de la manera más pronta y segura es importante que se consulte a un abogado especialistas en este tipo de asuntos para que queden debidamente protegidos los hijos principalmente cuando de repartición de bienes se trata, pero el divorcio exprés se da cuando ambos cónyuges acuerdan en divorciarse, no tengan hijos menores de edad o hijos mayores sujetos a tutela, es cuando podrán acudir personalmente ante el Oficial del Registro Civil del lugar de su domicilio, comprobando que son casados y manifestando su voluntad de divorciarse.

El Oficial del Registro Civil, precedente de la identificación de los cónyuges, levantará el acta en la que hará constar el interés del divorcio, citará a los cónyuges dentro del plazo de quince días, para que se presenten a ratificarla, previa exhortación de avenimiento. Una vez realizada la ratificación por los cónyuges, el Oficial del Registro Civil declarará el divorcio, elaborando el acta respectiva y haciendo la anotación correspondiente en la del matrimonio.

En el Estado de Coahuila de Zaragoza, puedes realizar el registro de divorcio en cualquiera de las siguientes modalidades: Divorcio judicial que se debe presentar en el horario de atención de la Oficialía con la documentación requerida, realizar el pago correspondiente, recibe el registro correspondiente para el interesado. Otro es el Divorcio Administrativo: Este procedimiento tarda aproximadamente entre quince a treinta días y los requisitos son el promoverlo ante el Oficial del Registro Civil, contar con el pleno consentimiento de ambos cónyuges y el Divorcio Notarial, en este caso, se realiza ante un notario público.

En el Registro Civil lo que aplica es que sea por voluntad que no haya pleito en cuanto a los bienes; pero es fundamental que ambos tomen esa decisión, no es como en el juzgado civil donde basta que uno de los cónyuges haya tomado la decisión del divorcio por el motivo que sea y de ahí se inicia el juicio. En el Registro civil deben acudir los dos y se les hace el apercibimiento de que sea por voluntad, que no haya hijos menores o dependientes económicos.

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