Home MÉXICO La SCJN otorgó el primer amparo contra la Ley de la Industria Eléctrica
La SCJN otorgó el primer amparo contra la Ley de la Industria Eléctrica

La SCJN otorgó el primer amparo contra la Ley de la Industria Eléctrica

0

Por/factor

México. – La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el primer amparo contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), el cual sólo beneficiará a seis empresas a las que se les deberá aplicar el estatuto que estaba vigente antes de la reforma de 9 de marzo de 2021. Con tres votos a favor, la Sala otorgó la protección de la justicia a las empresas La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila y Eóliatec de Istmo.

Los ministros que votaron a favor son: Alberto Pérez Dayán (ministro proyectista) y Luis María Aguilar. Mientras que Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama se pronunciaron en contra. El ministro Javier Laynez Potisek se declaró impedido en este asunto. Lenia Batres tomó la palabra durante más de 20 minutos para manifestar sus razones de porqué estaba en contra. Sin embargo, el ministro Pérez Dayán reviró diciendo que el proyecto recogía los argumentos de inconstitucionalidad de siete ministros del Pleno que se pronunciaron sobre el tema en 2022.

Yasmín Esquivel Mossa también manifestó su desacuerdo por la forma en que el ministro Pérez Dayán ejerció su voto de calidad, como presidente de la Sala. Pérez Dayán respondió que la Ley de Amparo detalla que cuando un ministro se declarará impedido y existe un empate, el presidente de la Sala puede ejercer su voto de calidad. Asimismo, la Sala dejó pendiente la discusión de otro proyecto de sentencia elaborado por el ministro Javier Laynez, donde también propone conceder la protección de la justicia a otras compañías.

Es de mencionar que, el 7 de abril de 2022, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desestimó la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición contra la Ley de la Industria Eléctrica porque no se reunieron los ocho votos para declararla inconstitucional, pese a que una mayoría de ministros se pronunció en contra del estatuto. Como la norma continúa vigente, las empresas han recurrido a amparos para evitar que se les aplique dicha ley. La sentencia las ampara y protege contra los artículos 3, fracciones V, XII, XII bis y XIV, 4, fracción VI, 26, 53, 101, 108, fracción VI, y 126, fracción II, de la LIE. “Como quedó evidenciado en el apartado conducente, aunque el juzgador formuló argumentos específicos contra cada uno de los artículos impugnados (agrupándolos por temas), en realidad, realizó un análisis de ellos como sistema normativo y, en lo toral, concluyó que se vulneraban los principios de competencia y libre concurrencia previstos en el artículo 28 de la Constitución Federal y, adicionalmente, el principio de desarrollo sustentable previsto en el artículo 25 de la Ley Fundamental.

tags:

DEJE SU COMENTARIO

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *