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La CURP para solicitantes de refugio en M?xico

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M?xico en un pa?s reconocido a nivel internacional por su amplia experiencia y convicci?n en materia de refugio y asilo, muchos son los ejemplos de solidaridad con extranjeros que huyen de su pa?s por causas diversas y han encontrado en el nuestro el acogimiento y la protecci?n que buscaban para rehacer sus vidas.

La mejor recepci?n que un pa?s puede hacer a quien solicita refugio en su territorio o ingresa por razones humanitarias y es darle las garant?as de que podr? ejercer los derechos que las leyes le reconocen, desde su llegada al pa?s.

En el caso del nuestro, esto es ya una realidad. Si bien el texto original de la Constituci?n Pol?tica de 1917 se?alaba que toda persona que se encontrara en territorio nacional gozar?a de los derechos y las libertades que la misma establec?a, y que la reforma a la Carta Magna en materia de Derechos Humanos de 2011 implic? un cambio cualitativo al reconocer ?stos sin distingo alguno, subsist?an obst?culos administrativos que eran necesarios remover para que ese goce de derechos se pudiera materializar.

Para acceder a bienes, servicios o beneficios de los diversos programas que ofrecen los tres ?rdenes de gobierno, se hace necesario que las personas re?nan ciertos requisitos, uno de ellos es contar con la Clave ?nica de Registro de Poblaci?n, mejor conocida como CURP, que es la llave que permite el registro de la poblaci?n objetivo de los programas y servicios p?blicos en los sistemas inform?ticos de las dependencias y entidades. La CURP es la clave de acceso y el elemento de interoperatividad de las bases de datos de la administraci?n p?blica federal, local y municipal y se solicita para la realizaci?n de m?s de 681 diversos tr?mites.

Hasta hace unos d?as, s?lo los extranjeros con residencia permanente en M?xico pod?an obtener una CURP. La carencia de ella para el resto de los extranjeros que viven en M?xico (excluidos los turistas) generaba serios problemas al no poder contar con un trabajo formal, abrir una cuenta bancaria, acceder a un cr?dito, entre otros.

Era necesario atender esta situaci?n de desventaja y negaci?n de derechos, por lo que la Secretar?a de Gobernaci?n, por conducto de la Direcci?n General del Registro Nacional de Poblaci?n e Identificaci?n Personal (Renapo), se dio a la tarea de instrumentar las acciones necesarias para garantizar el ejercicio de los derechos de los extranjeros que se encuentran en el pa?s de forma regular, bajo la tutela del derecho a la identidad consagrado en el art?culo 4? constitucional y en los instrumentos internacionales de los que M?xico forma parte.

Fue as? que el Renapo convoc? a la Comisi?n Intersecretarial para la Adopci?n y el Uso de la Clave ?nica de Registro de Poblaci?n que en sesi?n del d?a 8 de mayo del presente aprob? la expedici?n de la CURP a extranjeros y las caracter?sticas de ?sta.

La constancia de la CURP que se expedir? a solicitantes de refugio contiene b?sicamente los mismos elementos que la de los mexicanos, con algunas diferencias importantes como es la crom?tica roja, en vez de verde, y la fotograf?a del/de la extranjero/a, lo que agrega valor a este documento, ya que le sirve tambi?n como identificaci?n oficial.

En estos casos la CURP ser? temporal y tendr? vigencia m?xima de 180 d?as naturales, esa clave transitar? a una CURP permanente, cuando la Comisi?n Mexicana de Apoyo a Refugiados emita una resoluci?n favorable o ser? dada de baja en caso de que ?sta sea negativa.

El d?a 18 de mayo se public? en el?Diario Oficial de la Federaci?n?el Instructivo Normativo para la asignaci?n de la Clave ?nica del Registro de Poblaci?n que establece los lineamientos para la asignaci?n de la clave a extranjeros; el Instructivo inici? su vigencia el d?a 19 en que fueron expedidas las primeras CURP para solicitantes de refugio.

En la conmemoraci?n del D?a Mundial de los Refugiados, llevada a cabo en la Secretar?a de Gobernaci?n, el titular del ramo, Dr. Alfonso Navarrete Prida, entreg? las primeras constancias de CURP a solicitantes de refugio, fue la mejor muestra de solidaridad con nuestros hermanos de Latinoam?rica y el Caribe que eligen vivir en M?xico con la certeza de que podr?n ejercer plenamente los derechos que la Constituci?n les reconoce.

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