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Encuentran en cateos evidencia de delito electoral de Memo Anaya

Encuentran en cateos evidencia de delito electoral de Memo Anaya

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*Se confirman los delitos que se investigan en dos carpetas de averiguaci?n.

*Recibos, tarjetas de n?mina y propaganda no registrada se encontr? en los lugares

 

SALTILLO, COAH.- Tras realizar una serie de cateos la madrugada del s?bado en las casas de campa?a que utiliz? Guillermo Anaya Llamas en el pasado proceso electoral, se encontr? evidencia que confirma? los delitos que se investigan en dos carpetas de averiguaci?n, ante eso, la PGJE en Coahuila emiti? un comunicado.

Con base en resoluci?n emitida por Jueces de Primera Instancia en Materia Penal del Sistema Acusatorio y Oral de los Distritos Judiciales de Saltillo y Torre?n, la Procuradur?a General de Justicia del Estado de Coahuila (PGJE), practic? tres cateos en las ciudades de Saltillo, Ramos Arizpe y Torre?n los d?as once y doce de agosto de dos mil diecisiete.

Las ?rdenes de cateo est?n previstas y reguladas por el art?culo 16 de la Constituci?n Pol?tica de los Estados Unidos Mexicanos, as? como los art?culos 282 y 283 del C?digo Nacional de Procedimientos Penales, en los que se exige como requisito que haya datos suficientes para ingresar a un domicilio, y en el caso concreto de las investigaciones practicadas, se desprenden se?alamientos directos de que en los domicilios donde fueron practicados los cateos hab?a objetos y/o instrumentos del delito, por lo cual dichas diligencias fueron ajustadas a Derecho al reunir las exigencias constitucionales y legales.

Los cateos realizados derivan de dos carpetas de investigaci?n en los que se indaga en primer t?rmino la compra masiva de votos en el Estado con dinero de procedencia il?cita. La segunda investigaci?n se refiere a la aportaci?n de entidades p?blicas y el pago a proveedores sin ingresar a la fiscalizaci?n obligada para los partidos pol?ticos y candidatos.

De las investigaciones realizadas, se desprendi? que en los lugares en donde se verificaron los cateos, se encontraban indicios que guardan relaci?n con la investigaci?n y que por tanto son susceptibles de su aseguramiento.

Cabe destacar que en los lugares s? se encontr? evidencia que confirma la l?nea de investigaci?n que se tiene hasta este momento, y que es ?til para acreditar el delito que se indaga. En los domicilios se encontr? suficiente evidencia documental que hace presumir razonablemente que estamos en presencia de un hecho delictivo de naturaleza electoral, por tener datos certeros como nombres, listas de n?mina, acuses de recibo de tarjetas de n?mina (lo que confirma la l?nea de investigaci?n que con dichas tarjetas se compr? el voto), documentos de propaganda que no fueron sometidos a los procesos de fiscalizaci?n, entre otros.

En virtud de lo anterior, dicha evidencia se agreg? a la indagatoria correspondiente, pues se desprenden datos esenciales para continuar con la investigaci?n y en su oportunidad, ser remitida a la autoridad jurisdiccional.

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