Home MÉXICO Aprueban en Veracruz, la leg?tima defensa
Aprueban en Veracruz, la leg?tima defensa

Aprueban en Veracruz, la leg?tima defensa

0
0

 

CIDUAD DE MEXICO. – Los diputados veracruzanos aprobaron una iniciativa que ampl?a las especificaciones para darle una salida legal a la muerte en leg?tima defensa, que protege as? jur?dicamente al ciudadano expuesto a un hecho delictivo, porque no hab?a suficientes garant?as para defenderse al momento de un ataque.

El dictamen aprobado por los legisladores propone modificar el art?culo 25 del C?digo Penal para el Estado de Veracruz, con el fin de ampliar los alcances de la leg?tima defensa y proteger jur?dicamente al ciudadano que resguarde sus bienes o ajenos, salvando su vida y la de sus seres queridos.

Al respecto, la autora de la iniciativa, diputada Mar?a Elisa Manterola S?inz, se?al? que la leg?tima defensa surge por la necesidad de que cualquier persona ejecute su protecci?n en el momento en que un delincuente entre a su casa o negocio. Al contar con una medida legal, el afectado puede actuar por su propia cuenta sin ser perjudicado con sanciones legales.

La iniciativa aprobada reforma la fracci?n III y deroga la fracci?n IV del art?culo 25 del C?digo Penal del Estado de Veracruz para establecer que son causas de justificaci?n el actuar en defensa de su persona, de su familia o de sus bienes, repeliendo una agresi?n actual, violenta, sin derechos y de la cual resulte un peligro inminente.

La ley surtir? efecto, a menos que hubiera las siguientes circunstancias: que el agredido provoc? la agresi?n, dando causa inmediata y suficiente para ella, que previo a la agresi?n pudo f?cilmente evitarla por otros medios legales, que no hubo necesidad racional del medio empleados en la defensa y que el da?o que iba a causar el agresor era f?cilmente reparable despu?s por medios legales o era notoriamente de poca importancia comparado con el que caus? la defensa.

En los requisitos de la leg?tima defensa tambi?n concurren aquellos en el que el agresor intente ingresar al domicilio del agraviado o de sus dependencias y salvo prueba en contrario, lesi?n o prive de la vida a otro que encontrare dentro de su hogar, en el de su familia, aunque no sea el suyo o en uno ajeno al que tenga la obligaci?n de defender.

Tambi?n contempla el local en el que el agraviado tenga sus bienes o en el sitio que tenga obligaci?n legal de defender y el intruso ejerza violencia sobre las personas o cosas que en dichos sitios se hallen.

El robo a casa habitaci?n y a negocio ha derivado en delitos concurrentes como allanamiento de morada, da?os, lesiones, en algunos casos violaci?n y hasta la muerte.

El incremento de estos delitos ha provocado que las familias deban gastar en medidas de protecci?n que en algunos casos son muy costosas y en otros inaccesibles, ya que hay quienes viven con el temor de que alguien irrumpa en sus domicilios o negocios para cometer un delito, lesion?ndolos o poniendo en riesgo su derecho a la libertad, o lo que es a?n peor, poniendo en riesgo su vida y de sus familiares.

El reporte de febrero de 2017 del Observatorio Nacional Ciudadano, se?ala que en Veracruz el robo a casa habitaci?n, de febrero de 2016 a 2017, fue de mil 886 carpetas de investigaci?n abiertas y tan s?lo en febrero de este a?o, se suscitaron 145 delitos con investigaciones.

En robo a negocio, de 2016 a 2017 fue de 2489 carpetas de investigaci?n abiertas y en febrero fueron registradas 355 y al igual que en los robos a casa habitaci?n, no existen datos que analicen la cantidad de delitos que quedan sin denuncia.

DEJE SU COMENTARIO

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *